
Se podrá negar el registro de un ciudadano como aspirante a un cargo público, hasta imposibilitarlo para tramitar una licencia de manejo
Alexis Rodríguez
Ante los integrantes de la LXIV Legislatura del H. Congreso del Estado de Tlaxcala, el diputado coordinador del grupo parlamentario PRD, Juan Manuel Cambrón Soria, presentó una iniciativa con proyecto de decreto durante la XXIV sesión ordinaria del Pleno, por el cual se derogan, reforman y adicionan a diferentes ordenamientos algunas disposiciones en favor de niñas, niños y adolescentes y su derecho a los alimentos, así también para adultos en determinadas circunstancias y personas legalmente incapaces
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Los ordenamientos que se tocan dentro de la presente propuesta son la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el Código Civil, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley del Notariado y la Ley de Comunicaciones y Transportes, todas del estado de Tlaxcala y en materia de registro de obligaciones alimentarias.
El objetivo de la presente indumentaria es proteger y salvaguardar los derechos alimentarios concebidos como fundamentales a partir de la creación y delimitación de condiciones que obliguen a los sujetos sentenciados a cumplir de forma satisfactoria.
DE LOS ARTÍCULOS TOCANTES
De acuerdo al proyecto de acuerdo que emiten desde el despacho del propio Cambrón Soria, los lineamientos a modificar son los siguientes:
1. Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala: Se reforman las fracciones I y II y se adicionan las fracciones III y IV, al Art. 17.
2. Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tlaxcala: Se adiciona un párrafo con 3 incisos la fracción I del Art. 99.
3. Código Civil del Estado de Tlaxcala: Se adiciona el Art. 608 Ter.
4. Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala: Se reforman las fracciones III y IV y se adiciona la fracción V al Art. 26.
5. Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala: Se reforman las fracciones VII y VIII del Art. 23, fracciones IX y X del Art. 24, fracciones IV y V del Art.183, se adiciona la fracción XI al Art. 24, un párrafo (que será el segundo párrafo) al Art. 112 y una fracción (que será la fracción VII) al Art. 112.
6. Ley de Comunicaciones y Transportes para el Estado de Tlaxcala: Se adiciona el tercer párrafo del Art. 3.
Algunas de las reformas y adiciones que se están realizando a los ordenamientos son las siguientes:
Se restringen derechos humanos constitucionales a deudores alimenticios.
Impedir que deudores alimenticios sean nombrados funcionarios públicos.
Se define el concepto de alimentos y lo que estos comprenden.Se tendrá que consultar el estatus de un contrayente para exhibirlo como deudor en caso de ser encontrado en el registro nacional de deudores.
Se faculta al PJE para incorporar la información de sus deudores al Registro Nacional.
Se impide ser notario a deudores alimenticios.
Para enajenar un bien, una persona tendrá que comprobar que no es deudor alimenticio.
No podrá obtener permiso de conducir una persona declarada deudora o deudora alimenticia morosa.
Con la presente determinación ante el órgano legislativo local, Cambrón Soria ha integrado una serie de puntos encaminados a proteger derechos irrenunciables de menores o incapaces. Asimismo, actualiza el Estado de Derecho e incorpora las leyes en materia civil y familiar a una nueva etapa de crecimiento jurídico, pues, ambiciona incorporar el sistema legal tlaxcalteca a los nuevos métodos de justicia social.