Destacado

IAIP condena al H. Ayuntamiento de Panotla por incumplimiento de obligaciones

  • El Ayuntamiento de Panotla incumple con el deber de publicar en su portal

“Si la corrupción es una enfermedad, la transparencia es una parte medular de su tratamiento”: Kofi Annan, ex secretario de Naciones Unidas

Julio Morales

El pasado 4 de octubre llegó al correo de Exclusivas Tlaxcala, el acuerdo electrónico correspondiente a la Denuncia por Incumplimiento de Obligaciones de Transparencia D.O.T.-295/2022-P3, contra el H. Ayuntamiento de Panotla, a cargo de Felicitas Vázquez Islas.

En dicho documento se establece que, tras diversos estudios realizados por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del estado de Tlaxcala (IAIP Tlaxcala), el comisionado ponente Lic. Didier Fabián López Sánchez, determinó de forma justa la legal procedencia y condenó a la administración 2021-2024 por actos de omisión respecto de sus deberes como sujeto obligado.


DEL ESTUDIO DEL DOCUMENTO

La denuncia que da paso a la condena del IAIP consistió en exhibir que, el Ayuntamiento de Panotla, omitió publicar y actualizar la información del formato A “Resultados de procedimientos de licitación pública e invitación restringida realizados” correspondiente al primero y segundo trimestre del 2022.


Al respecto, el acuerdo establece en su capítulo tercero de la sección del resultado que “En efecto el Ayuntamiento de Panotla, Tlaxcala, incumple con el deber de publicar en su portal”, cosa que significa una certera agresión en contra del derecho a la información de cualquier ciudadano oriundo de la zona y público en general.


Incluso, del análisis realizado a las pruebas recabadas por los dictaminadores digitales, se puede leer claramente que existen CERO REGISTROS, motivo por el cual, la institución considera FUNDADA la denuncia.

DEL FALLO DEL IAIP
En el último apartado de la notificación de carácter público, se establece como único resolutivo la ordenanza del órgano garante para que el descuidado Ayuntamiento cumpla sus obligaciones al pie de la letra y dentro del margen de la ley.


Es claro mencionar que, las obligaciones de los sujetos, como pauta de paz y certeza social, son las únicas que velan por el patrimonio colectivo que se delega en mandato de aquellos que fueron electos por vox populi, sin embargo, la omisión incidental o dolosa de sus representantes, en cualquiera de las áreas sujetas a materia de cumplimiento, es un claro hecho flagrante de conductas reprobables que transgreden el derecho a la transparencia en las cuentas públicas.


Es decir, el Ayuntamiento, comandado por Vázquez Islas, fue fundamentalmente sancionado por omitir (ignorar) publicar (transparentar), la información relevante de sus movimientos financieros, lo cual, genera incertidumbre de si su actuar ha sido dentro del marco legal.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Back to top button