Tepeyanco y Panotla violentan las normas constitucionales advertidas por el órgano de transparencia local
En caso de no cumplir lo antes ordenado se impondrá una amonestación pública y se difundirá el incumplimiento en el portal de obligaciones de transparencia
Alexis Rodríguez N /
Este 2024, llegaron al correo oficial de Exclusivas Tlaxcala, los acuerdos electrónicos correspondientes a las denuncias de incumplimiento de obligaciones de transparencia D.O.T.-28 3/2022-P1, contra el H. Ayuntamiento de Tepeyanco, actualmente a cargo de Francisco Ixtlapale Pérez y D.O.T.-307/2022-P1, contra el H. Ayuntamiento de Panotla, presidido por Felicitas Vázquez Islas.
El Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala, notificó a los ayuntamientos de Tepeyanco y Panotla, el 4 de enero de 2024. A través de los responsables de su Unidad de Transparencia de los ayuntamientos, que no existen elementos que acrediten que hayan cumplido con las obligaciones denunciadas el 24 de octubre de 2023, por lo tanto, se les otorgó un plazo de cinco días hábiles para dar cumplimiento a dichas encomiendas.
Pese a las constantes notificaciones emitidas a sus áreas correspondientes, los entes municipales, han hecho caso omiso, por lo cual, estarían transgrediendo sus obligaciones constitucionales e incluso, burlándose de la autoridad que emana del órgano de transparencia estatal.
DEL ESTUDIO DE LOS ACUERDOS
La comisionada presidenta del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del estado de Tlaxcala (IAIP), Maribel Rodríguez Piedras, informó a los ayuntamientos de Tepeyanco y Panotla, que no existen elementos que acrediten que los sujetos obligados haya dado cumplimiento a lo dispuesto en los acuerdos del 24 de octubre de 2023, por lo que se les requirió que cumplieran con lo ordenado en las resoluciones emitidas, se requiere al ayuntamiento de Tepeyanco y Panotla, a través de los responsables de las unidades transparencia de dar cumplimiento, para que en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al de notificación del presente acuerdo de cumplimiento.
En caso de no cumplir lo antes ordenado se procederá a emitir el acuerdo de incumplimiento, se impondrá una amonestación pública y se difundirá el incumplimiento en el portal de obligaciones de transparencia, con fundamento en lo que disponen los artículos 6 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos; 97 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 13, 20, 28, 36 fracción ll, 89 y 90 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Tlaxcala, y lineamiento 15 de los que regulan el funcionamiento del sistema integral de información de los sujetos obligados de Tlaxcala, que emite el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del estado de Tlaxcala.
A pesar de que los ayuntamientos han sido evidenciados como omisos a sus obligaciones, dan constante omisión a las peticiones realizadas, por lo cual, estaría a punto de ser sancionados conforme a la ley, esto incluso, a pocos meses de terminar sus mandatos.